Baterías virtuales para autoconsumo
Resumen rápido (batería virtual):
- No es una batería física: es un saldo/monedero con tu comercializadora basado en el mecanismo de compensación simplificada del RD 244/2019.
- Solo aplicable a instalaciones de autoconsumo con excedentes ≤ 100 kW.
- La compensación máxima oficial es el 100% del consumo del mes — la “batería virtual” permite acumular lo que sobre.
- Compatible con la nueva deducción IRPF 10-20% por autoconsumo (RDL 7/2026, base hasta 5.000 €).
Marco normativo oficial: RD 244/2019 y CNMC
La “batería virtual” no está regulada como tal en ninguna norma: es un producto comercial que ofrecen algunas comercializadoras apoyándose en el mecanismo de compensación simplificada regulado oficialmente:
- Norma base: Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo.
- Artículo 14: establece el contrato de compensación de excedentes entre productor y consumidor acogidos a la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a compensación.
- Límite técnico: instalaciones de generación no superiores a 100 kW.
- Límite económico oficial: según el RD 244/2019, “el valor de la energía mensual excedentaria no podrá, en ningún caso, ser superior al volumen económico de la energía mensual consumida de la red”. Si tus excedentes superan este tope, se pierden — salvo que la comercializadora ofrezca un servicio tipo batería virtual.
- Sujeto de liquidación: Resolución de 15 de julio de 2021 de la CNMC (P.O. 14.8): el comercializador de cada consumidor asociado asume la liquidación de los excedentes.
- Mutua exclusión: los consumidores acogidos a compensación simplificada no pueden vender energía excedentaria a mercado mientras estén en este régimen (Ley 24/2013 art. 25.4).
Fuentes oficiales: RD 244/2019 (BOE), Resolución CNMC 15/07/2021, FAQ MITECO sobre autoconsumo, Guía informativa CNMC autoconsumo.
Ejemplo sencillo: cómo se aplica en tu factura
Si un mes viertes excedentes y la comercializadora los acumula en tu “monedero”, ese saldo se usa para reducir tu factura en meses con menos producción. Ojo: cada compañía tiene condiciones (cuotas, comisiones y límites).
- Verano: más excedentes → más saldo acumulado.
- Invierno: menos producción → usas el saldo para pagar parte de la factura.
Ejemplo numérico (muy simplificado)
- Mes A: viertes excedentes y acumulas, por ejemplo, 20€ de saldo.
- Mes B: consumes de red y tu término de energía serían 30€; aplicas saldo y pagas 10€ (más fijos/impuestos según factura).
Importante: en compensación simplificada estricta (sin batería virtual), si en un mes tus excedentes exceden el 100% de tu consumo, ese exceso se pierde. La batería virtual permite acumular lo que sobre.
Novedad fiscal 2026: el Real Decreto-ley 7/2026 introduce una nueva deducción en IRPF del 10% o 20% sobre instalaciones de autoconsumo eléctrico con energías renovables, base máxima anual 5.000 €, aplicable desde el 1 de enero de 2026.
Fuente: AEAT — Medidas en materia de tributación (RDL 7/2026) y ficha INFORMA 149293.
Madrid y alrededores: te asesoramos y lo hacemos llave en mano.
¿Qué es una batería virtual?
Las baterías virtuales son una forma de gestionar la energía excedentaria de una instalación de autoconsumo fotovoltaico sin necesidad de instalar una batería física. La comercializadora acumula el valor económico de los excedentes — que de otra forma se perderían si superan el 100% de tu consumo mensual — en una cuenta virtual que puedes aplicar en facturas posteriores. También se conocen como monedero verde, hucha virtual o monedero virtual.

A diferencia de una batería estacionaria física, no hay un dispositivo de almacenamiento químico: solo un acuerdo contractual con tu comercializadora. La energía física que viertes va a la red eléctrica general; lo que se guarda es el valor económico.
¿Cómo funcionan las baterías virtuales?
- Tu instalación vierte excedentes a la red: la energía fotovoltaica que no consumes en el momento se inyecta a la red eléctrica.
- La comercializadora valora esos excedentes al precio horario de mercado (PVPC u otro indexado, según tu tarifa).
- Compensación simplificada (RD 244/2019): en cada factura mensual, los excedentes se descuentan del término de energía hasta un máximo del 100% del consumo del mes.
- Batería virtual (servicio comercial): el saldo que sobrepasa el 100% mensual no se pierde; se acumula en tu “monedero” para usarlo en facturas posteriores.
- Aplicación en facturas siguientes: en meses con poca producción (invierno) puedes usar ese saldo para reducir el coste, e incluso llegar a factura cercana a 0 € (siempre quedan fijos e impuestos).

¿Qué compañías ofrecen este servicio?
La batería virtual la ofrecen comercializadoras a clientes con instalación de autoconsumo y modalidad de excedentes con compensación simplificada activa. Suelen aplicar una cuota mensual (en torno a 4 €/mes por punto de suministro) y/o una retención porcentual sobre los excedentes (suele rondar el 10%). Comercializadoras españolas que actualmente comercializan el servicio: Repsol, Naturgy, Endesa, Iberdrola, Próxima Energía, Factor Energía, Helios Energía, Miwenergía y Lidera Energía, entre otras. Las condiciones cambian con el tiempo, conviene comparar antes de contratar.
Batería virtual vs batería física vs solo compensación simplificada
| Aspecto | Compensación simplificada (RD 244/2019) | Batería virtual | Batería física |
|---|---|---|---|
| Inversión inicial | 0 € (incluida en autoconsumo) | 0 € (servicio comercial) | 3.000-12.000 € según capacidad |
| Coste recurrente | 0 € | ~4 €/mes + 10% retención | 0 € (mantenimiento mínimo) |
| Límite legal | 100% del consumo mensual | Acumula el exceso | Sin límite (carga real) |
| Caducidad saldo | Mensual (lo que sobre se pierde) | Variable según compañía | No aplica (energía física) |
| Cobertura cortes | No | No | Sí (con backup configurado) |
| Autónomo de comercializadora | Depende de tarifa | Atado a comercializadora | Independiente |
| Deducción IRPF (RDL 7/2026) | 10-20% sobre instalación | 10-20% sobre instalación | 10-20% sobre instalación + batería |
Ver guía completa: batería estacionaria: tipos, precios y deducción IRPF.
¿Cuándo me interesaría contratar una batería virtual?
Compensa si:
- Generas excedentes regulares que superan el 100% de tu consumo mensual (instalación bien dimensionada en verano).
- Tienes una segunda residencia con consumo estacional muy marcado.
- Gestionas varios puntos de suministro con la misma comercializadora y quieres compensación cruzada.
- No quieres invertir en batería física todavía y prefieres maximizar el ahorro “solo con software”.
No compensa si:
- Tu instalación está dimensionada para autoconsumo + compensación y casi nunca superas el 100% del consumo mensual.
- La cuota mensual + comisión de la comercializadora supera el ahorro generado.
- Quieres seguridad ante cortes de luz — ahí solo sirve la batería física con backup.

Qué mirar antes de contratar (checklist)
- Cuota mensual y comisión sobre excedentes (común: ~4 €/mes + ~10%).
- Caducidad del saldo (si existe) y límites de compensación.
- Si permite varios suministros (segunda residencia) y cómo se aplica.
- Tarifa (precio kWh) frente a otras comercializadoras del mercado libre.
- Permanencia: algunos contratos requieren 12 meses mínimos.
- Tipo de excedente valorado: precio fijo o indexado al pool (PVPC).
Siguientes pasos
Preguntas frecuentes (FAQ)
No directamente. La normativa oficial (RD 244/2019) regula la compensación simplificada de excedentes. La “batería virtual” es un producto comercial que algunas comercializadoras montan sobre ese mecanismo para acumular el saldo que excede el 100% del consumo mensual.
Según el RD 244/2019, instalaciones de autoconsumo con excedentes acogidas a compensación con potencia de generación no superior a 100 kW. Aplica tanto a autoconsumo individual como colectivo.
No. Mientras estés acogido a la modalidad de compensación simplificada (que es la base legal de la batería virtual) no puedes vender la energía excedentaria a mercado, conforme al art. 25.4 de la Ley 24/2013.
Solo si tus excedentes mensuales superan habitualmente el 100% de tu consumo. Si tu instalación está bien dimensionada y casi nunca llegas a ese tope, la cuota se come el ahorro. Compáralo en tu factura real con la tarifa que ofrece la comercializadora.
La virtual es “solo software”, sin inversión. La física (LFP, NMC, AGM) requiere 3.000-12.000 € pero da independencia, soporta cortes con backup y es independiente de la comercializadora. Ambas son compatibles con la deducción IRPF 10-20% del RDL 7/2026 si forman parte del sistema de autoconsumo.
Sí. Si cargas el coche durante el día con el sol, conviertes excedentes “gratis” en autoconsumo directo y maximizas la rentabilidad. Wallbox como Veltium Lite Uno permiten Modo Solar / Modo Mixto.